Para la mayoría de los empleados, la jubilación es el máximo objetivo, pero saber cuándo y cuánto aportar puede resultar difícil. Gracias a la Ley de Protección de Pensiones de 2006, tú, como empleador, puedes inscribir automáticamente a empleados en tu plan de jubilación. Se los inscribirá, a menos que decidan otra cosa, en un plan de jubilación que permite diferimientos opcionales. Esto podría ayudarlos a alcanzar sus objetivos de ahorro para la jubilación.

Beneficios de la inscripción automática

  • Puede ayudar a tus empleados a lograr sus objetivos de ahorro para la jubilación.
  • Puede designarse para aumentar la participación en el plan y los porcentajes de contribución con el tiempo.
  • Si corresponde, puede ayudarte a superar una prueba de no discriminación, que garantiza que tu plan no favorece a tus empleados con mayor compensación.

Tipos de inscripción automática

El Servicio de impuestos internos (IRS) cuenta con 3 tipos de planes con inscripción automática1.

Acuerdo de contribución automática (ACA)

  • Los empleados se inscriben automáticamente, a menos que elijan otra cosa
  • El documento de tu plan especifica el porcentaje de compensación que se deducirá automáticamente y se aportará al plan
  • Los empleados pueden aportar otro porcentaje de su compensación o decidir no aportar

Acuerdo de contribución automática elegible (EACA)

  • Se aplica uniformemente el porcentaje de diferimiento predeterminado de tu plan a todos los empleados después del aviso requerido
  • Puede permitir que los empleados hagan retiros automáticos de sus contribuciones, incluidas las ganancias, dentro de los 90 días de la fecha de la primera contribución automática
  • Los empleados pueden aportar otro porcentaje de su compensación o decidir no aportar

Acuerdo de contribución automática calificada (QACA)

  • Se aplica uniformemente el porcentaje de diferimiento predeterminado de tu plan a todos los empleados después del aviso requerido
  • Cumple con las disposiciones adicionales de “salvaguarda” que eximen al plan de los requisitos anuales de no discriminación
  • El porcentaje de diferimiento predeterminado comienza en un 3% y aumenta gradualmente hasta un 6% con cada año de participación del empleado. Este porcentaje no puede superar el 15 %.
  • Los empleados deben adquirir un 100% en tu contribución equivalente o no opcional después de no más de 2 años de servicio
  • Es posible que tu plan no distribuya ninguna de las contribuciones del empleador requeridas debido a la dificultad financiera de un empleado
  • Los empleados pueden aportar otro porcentaje de su compensación o decidir no aportar
Los acuerdos QACA le exigen al empleado una de las siguientes contribuciones:
  • Una contribución equivalente del 100% del primer 1% y el 50% del siguiente 5% de la compensación
  • Una contribución no opcional del 3% de la compensación de todos los participantes, incluidos aquellos que eligen no diferir

Inversiones predeterminadas si un empleado no toma una decisión

Debes elegir una inversión para las contribuciones automáticas de tus empleados. Puedes limitar tu responsabilidad civil por pérdidas de inversión del plan al elegir una alternativa de inversión predeterminada calificada (QDIA) que cumpla con las condiciones de la Sección 404(c)(5) de ERISA. Entre los tipos de alternativas permitidas por una QDIA se encuentran las siguientes:

  • Fondos con ciclo de vida
  • Fondos con vencimiento previsto
  • Fondos equilibrados
  • Servicio de cuenta administrada 
Tus empleados deben tener la posibilidad de cambiar esta opción de inversión.
¿Buscas planes de jubilación individuales? Obtén más información sobre las soluciones de jubilación de Nationwide o inscríbete en el plan de tu empleador.

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